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Visados de Trabajo por cuenta ajena para el Reino de España


Si tienes pensado viajar al Reino de España por motivos laborales, bien sea porque has obtenido una oferta de empleo en el país, tu mejor opción sería aplicar por la Visa de Trabajo por Cuenta Ajena, el cual autoriza a su titular para residir de forma temporal en España por un período superior a noventa días e inferior a cinco años.

Te presentamos en resumen las características de esta visa, si necesitas asistencia legal en España o tu país de residencia para aplicar por este u otro tipo de visa para España u otro país, no dudes en contactarnos para presentarte las mejores opciones, puedes leer la descripción de nuestros servicios al final de la nota.

Alexander Racini & Associates
Despacho de Abogados Internacional en España y la Unión Europea


¿Para qué sirve una Visa de Trabajo por Cuenta Ajena para España?

El visado de trabajo por cuenta ajena autoriza a su titular  para residir de forma temporal en España por un período superior a noventa días e inferior a cinco años, y a ejercer una actividad lucrativa laboral o profesional por cuenta ajena. Este tipo de visado es también de aplicación para los solicitantes de visado por contratos de trabajo de duración determinada (temporales).

El empleador deberá presentar ante la Delegación o Subdelegación del Gobierno de la ciudad española donde vaya a trabajar el solicitante una solicitud de autorización de residencia y trabajo por cuenta ajena.

¿Qué trámites debe realizar para obtener una visa de trabajo en España?


Una vez obtenida la autorización previa de residencia por razones de trabajo, el solicitante acudirá a una de las sucursales del Banco de Guayaquil para solicitar su cita para poder tramitar el visado de trabajo (CÓDIGO 109). El solicitante tiene la opción de elegir una fecha posterior a la cita adjudicada si se ajusta mejor a sus intereses, debiendo solicitarlo en el momento de pedir la cita.

Posteriormente, 48 horas antes de la cita, el solicitante deberá acudir nuevamente a una sucursal del Banco de Guayaquil para cancelar la tasa del visado.
El solicitante deberá presentarse en el Consulado en el día y hora de la cita con los dos justificantes: el de la cita y el del pago de la tasa.
El plazo máximo para solicitar este visado es de UN MES desde la notificación al empleador de la autorización previa.

Si su autorización de residencia y trabajo por cuenta ajena no tiene sello con fecha de notificación, pida una certificación en la Oficina de Extranjeros de la Delegación del Gobierno correspondiente.






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